Eix Comercial del Poblenou

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¿Qué puedes hacer si has tenido afectaciones provocadas por el gran apagón eléctrico?

14 de mayo de 2025

A raíz del episodio extraordinario de pérdida generalizada de suministro eléctrico que dejó toda la península sin luz el pasado 28 de abril de 2025, te recogemos los consejos de la Agència Catalana del Consum.

Si has sufrido daños en aparatos, ascensores, alimentos u otros bienes…

  • Comprueba qué seguros tienes contratados —del hogar, de la comunidad de vecinos, etc.— y si lo cubren.
  • Si la póliza de seguro cubre los daños, comunícalo a la aseguradora dentro del plazo de 7 días naturales a partir del momento en el que te hayas enterado, excepto si la póliza establece un plazo superior. Es recomendable informar del siniestro por algún medio que deje constancia, como llamando al servicio de atención al cliente y pidiendo un número de referencia.
  • Cuando el siniestro es provocado por una causa de fuerza mayor, como un gran apagón eléctrico, la aseguradora tiene la obligación de comunicar el siniestro al Consorcio de Compensación de Seguros. Por lo tanto, será esta entidad la que se hará cargo de indemnizar los daños, siempre que dispongas de seguro.
Si has sufrido el corte de suministro…

  • Las compañías de suministros —luz o teléfono e internet— tienen que descontar en las próximas facturas el tiempo que hayas estado sin servicio. Por lo tanto, revisa bien las facturas y, si es necesario, reclama a la empresa.
  • Si tienes un seguro de hogar multirriesgo, comprueba si cubre los daños y perjuicios sufridos por los cortes de suministro. Si reclamas tanto por el corte de servicio como por daños en bienes, hay que especificarlo de forma conjunta en el mismo comunicado del siniestro.
  • Si la aseguradora o la empresa de suministro no atiende la reclamación, puedes reclamar ante el servicio público de consumo de tu municipio o comarca, como la OMIC de Barcelona, o bien en la Agencia Catalana del Consumo (buscador de tu oficina de consumo). También se puede pedir asesoramiento a una asociación de consumidores.

Si has tenido cancelaciones y retrasos en transportes…

Vuelos

  • Si te han cancelado un vuelo, tienes derecho a elegir entre la devolución del dinero o un transporte alternativo. Durante la espera, la compañía debe proporcionarte asistencia, es decir, comida y bebidas y, si es necesario, alojamiento (incluidos los desplazamientos).
  • En el caso de los retrasos, hay que tener en cuenta que hay diferencias en función del tiempo de retraso: A partir de 2 horas, tienes derecho a recibir asistencia de forma gratuita, es decir, comida y bebida. A partir de 5 horas, el retraso se equipara a una cancelación, por lo tanto, podéis decidir si renunciáis a volar y recuperar el importe pagado por el billete, o bien aceptáis un transporte alternativo hasta el destino final.
  • Si no se respetan tus derechos, reclama a la línea aérea por canales que te permitan conservar una prueba: hoja oficial de reclamaciones, buzón o formulario en línea, correo electrónico, canal de atención al cliente en las redes sociales o llamada con número de incidencia.
  • Si en el plazo máximo de un mes la empresa no te proporciona una respuesta satisfactoria, puedes hacer una reclamación en el servicio público de consumo de tu municipio o comarca (usa el buscador de organismos de consumo) o bien a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
  • Si ninguna de las opciones anteriores da un resultado satisfactorio, puedes recurrir a la vía judicial. En este caso, te recomendamos que contactes con una organización de personas consumidoras registrada en Cataluña o te dirijas al Servicio de Orientación Jurídica de la Generalitat.

Trenes

  • Consulta en la web de Renfe las medidas sobre cambios y anulaciones de billetes habilitadas por la compañía.

Autobuses

  • Si el transportista ha cancelado el viaje, debe ofrecer una alternativa al viaje o bien el reembolso del importe pagado.
  • Ante cualquier discrepancia por problemas relacionados con el servicio, pide a la empresa de transportes el libro de reclamaciones o contacta con ella por un medio que deje constancia (formulario web, teléfono con número de incidencia, etc.). Si en el plazo de 30 días no has obtenido respuesta satisfactoria, dirige la reclamación a la Junta Arbitral del Transporte de Cataluña, el organismo competente para resolver las controversias en los servicios de transporte terrestre.

Transporte marítimo

  • En caso de cancelación del viaje, deben ofrecerte o bien un viaje alternativo o bien el reembolso del importe pagado.
  • En caso de discrepancia con la empresa, rellena la hoja oficial de reclamación y, si en el plazo de 30 días no has obtenido respuesta satisfactoria, contacta con el servicio público de consumo de tu municipio.

Si se te ha cancelado un evento…

La cancelación de eventos o actividades da derecho al reembolso de la totalidad de los pagos que se hubieran realizado. La devolución debe solicitarse al proveedor de servicios que te vendió las entradas.

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